Número 7 Educación

PROTEGER LA INFANCIA

Los Códigos de Autorregulación
a debate

María del Carmen García Galera

Profesora de Medios, Receptores y Usuarios.
Universidad Carlos III de Madrid

Versión completa del artículo

 

1. Los primeros pasos en el Código de Autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia

2. La protección legal de los menores en la legislación española sobre televisión

3. El Código de Autorregulación de contenidos televisivos e infancia

4. Código Europeo de autorregulación sobre videojuegos

5. ¿Qué conocen los padres de los videojuegos de sus hijos?

6. Investigación sobre el cumplimiento del Código de Autorregulación: las cadenas de televisión a examen

Referencias bibliográficas

 

 

1. Los primeros pasos en el Código de Autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia

El 9 de diciembre de 2004, los operadores de televisión de ámbito estatal (TVE, Antena 3, Tele 5 y Canal +) suscribieron el denominado Código de autorregulación de contenidos televisivos e infancia . En ese mismo acto, dichos operadores firmaron con el Gobierno un acuerdo para el fomento del mencionado código, al que posteriormente, en Noviembre de 2005, se sumaría la cadena privada de televisión Cuatro.

El código de autorregulación se presenta por un lado, como una iniciativa que busca conciliar los legítimos objetivos económicos (y de audiencia) de las televisiones con la garantía de la protección de los menores sancionada por la propia Constitución Española y ampliamente reclamada desde la sociedad. Por otro lado, conviene señalar que, aunque dicha protección de los menores se concretaba ya en una serie de medidas de obligado cumplimiento establecidas a nivel europeo por la Directiva de la Televisión sin Fronteras, e incorporadas al ordenamiento jurídico español desde el año 1994, la situación real en nuestro país era la de un incumplimiento generalizado de dicha Ley, y no sólo en lo que respecta a los menores. Según los expertos, esta situación se ve agravada por la inexistencia de un Consejo Audiovisual estatal similar al existente en algunas Comunidades Autónomas o en otros países de nuestro entorno.

El Código de autorregulación de contenidos televisivos e infancia es un intento de reflejar un mayor compromiso por parte de las cadenas de televisión para cumplir con la normativa vigente y el fomento de una oferta audiovisual adecuada para la infancia. En concreto, el código detalla los criterios a tener en cuenta para evaluar los contenidos televisivos desde el punto de vista de su recomendación de edad, e incluso, contempla franjas de especial control dentro del horario de protección del menor establecido por la Ley, que se sitúa entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche. En este horario de especial control, que va de las 5 a las 8 de la tarde, el código establece que habrá de extremarse el cuidado en la protección de la infancia.

Desde el momento de su firma hasta pasado los tres primeros meses, el código ha gozado de un período de implantación progresiva en el que las cadenas han tenido la oportunidad de revisar su parrilla matinal y vespertina, y experimentar ofertas alternativas de programación o modificar las existentes, con el fin de ajustarse a lo firmado y establecido en el código. Por tanto, desde el 9 de febrero de 2005, el Código de autorregulación de contenidos televisivos e infancia se encuentra en plena vigencia.

 

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